Estamos cerca de finalizar el año y usted debe tener en cuenta que aún tiene hasta el 30 de diciembre para utilizar estrategias que le ayuden a optimizar el pago de sus impuestos del 2020.
En Besta, lo invitamos a hacer su planeación de cierre fiscal junto a su Financial Planner para organizar sus aportes voluntarios; tanto al Fondo Voluntario de Pensiones como al Fondo de Pensiones Obligatorio, y de esta manera acogerse a los beneficios que le concede la Ley Colombiana.
Estos aportes, son una muy buena opción en el momento de hacer planeación financiera ya que logra combinar varios beneficios a favor de las personas que optan por este instrumento; como un vehículo de ahorro, inversión y optimización tributaria entre otros.
La importancia de realizar estos aportes, es que permite disminuir el valor de retención en la fuente que se descuenta mensualmente por los ingresos. Asimismo, los aportes a pensión voluntaria permiten bajar el valor del impuesto de renta en la cédula general (ingresos laborales, rentas de capital e ingresos no laborales).
Los aportes realizados al fondo voluntario son considerados una Renta Exenta hasta el 30% del ingreso, limitados a 3.800 UVT. ($135.6 MM) Artículo 126-1 E.T.
Las cotizaciones voluntarias al Fondo Obligatorio son consideradas un INCRNGO hasta el 25% del ingreso laboral, limitados a 2.500 UVT. ($89,0 MM) Artículo 55 E.T.
Recuerde que los rendimientos – mientras permanecen en el fondo – no son considerados un ingreso dado, ya que la ley los considera ingresos (solamente) al momento del retiro. Adicionalmente si usted cumple con los requisitos de pensión o es pensionado, estos rendimientos son una renta exenta y “no deben ser incluidos en la declaración de renta del período en que se efectuó el retiro”.
Si quiere ampliar esta información, consulte a su Financial Planner para que puedan revisar su situación particular y así tomar una decisión informada.