En Colombia, los servidores de altos cargos del Estado deben publicar declaración de bienes y rentas, registro de conflictos de interés y declaración del impuesto sobre la renta. Así funciona:
Durante el gobierno del expresidente Iván Duque se sancionó la Ley 2013 del 30 de diciembre de 2019, mediante la cual se obliga a altos funcionarios del Estado a publicar su información de bienes y rentas en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP), así como el registro de conflictos de interés, la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y los aportes de elección.
Adicionalmente, este listado incluye servidores públicos como el
gerente del Banco de la República, directores de Corporaciones Autónomas Regionales, directivos de entidades adscritas y vinculadas a ministerios y departamentos administrativos, y embajadores y cónsules.
De igual forma, las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas que presten función pública como notarios, cámaras de comercio, curadurías urbanas, jueces y contratistas de prestación de servicios, entre otros.
En el caso específico de los servidores elegidos por voto popular, la norma señala que se deben registrar, adicionalmente,
los aportes recibidos en elecciones, de acuerdo con la información reportada al Consejo Nacional Electoral.
Así mismo, en lo concerniente al registro de información, aclara que “no se generan cambios a lo dispuesto para los sujetos obligados en la Ley 190 de 1995″.
Adicional a eso, la presentación de la declaración de bienes y rentas, así como la existencia de conflictos de interés,
debe ser actualizada cada año mientras exista la calidad de sujetos obligados.
Esta información es requisito para posesionarse, ejercer o retirarse del cargo.
Para dar cumplimiento a esta Ley, el Departamento Administrativo de la Función Pública puso a disposición formatos e instructivos con, de acuerdo a cada caso, y para el diligenciamiento de la información.
En este link puede acceder a ellos.
Adicional a eso, y para información segregada, puede consultar:
Recuerde que para el caso de personas naturales, los plazos para declarar y pagar renta en Colombia arrancaron el pasado 12 de agosto y se extenderán hasta octubre. Además, que no cumplir con esta obligación, lo expone a sanciones que, en monto mínimo, pueden ser de más de COP$400.000.
Límites para estar obligado a declarar renta en 2024
Todas las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2023:
- Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2023 sea igual o superior a COP$190.854.000
- Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a COP$59.377.000
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a COP$59.377.000
- Que el valor total de las compras y consumos sean iguales o superiores a COP$59.377.000
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a COP$59.377.000
Información extraída de: https://www.bloomberglinea.com/latinoamerica/colombia/como-funciona-la-declaracion-de-bienes-y-renta-y-el-conflicto-de-interes-en-2024/