El proyecto de ley propone que los turnos diurnos y nocturnos tengan una modificación en su arranque y finalización.
La nueva reforma laboral del presidente Gustavo Petro trajo consigo varias modificaciones respecto al anterior articulado, el cual terminó hundiéndose en la primera legislatura del Congreso por falta de debates.
Uno de estos cambios tiene que ver con el inicio y la duración de las jornadas laborales en el país, más específicamente, las diurnas y nocturnas.
El trabajo diurno, según el contenido de la reforma, pasaría a iniciar desde las 6:00 a. m. y culminar hasta las 6:00 p. m.
En el caso de la jornada nocturna, esta comenzaría desde las 7:00 p. m. y finalizaría a las 6:00 a. m. del día siguiente.
De igual manera, se le dará continuidad a la reducción de la jornada laboral de manera gradual hasta llegar a las 42 horas semanales para el 2026.
“La jornada máxima semanal podrá ser distribuida, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en cinco o seis días a la semana, garantizando siempre el día de descanso y sin afectar el salario“, se especifica en el documento del proyecto de ley.
De igual manera, el articulado contempla varas excepciones mediante las cuales una empresa está obligada que modificar la jornada de trabajo de alguno de sus empleados:
1. En labores que pongan en riesgo la salud y la reducción de la expectativa de vida saludable del empleado, esto bajo orden del Gobierno.
2. En caso de que sea adolescente de entre 15 y 17 años de edad, pues solo podrá trabajar en jornada diurna máxima de seis horas y 30 semanales.
3. En caso de que sea adolescente mayor de 17 años, pues solo podrá trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias y 40 semanales.