Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto del salario mínimo para 2026

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Ante una eventual caída del decreto plantearía un escenario en el que debe definirse si esos pagos se mantendrían como válidos o si se requeriría algún tipo de corrección

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto del salario mínimo para 2026 que se había fijado en 23,7%. Esta medida cautelar ordena al Gobierno expedir un nuevo decreto transitorio en una plazo de ocho días.

“A título de medida cautelar, ordenar a las entidades demandas que, dentro de los ocho días calendario contados a partir del día siguiente a la notificación de esta providencia, realicen, expidan y publiquen un decreto en el que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026 y el consecuente valor total del mismo para esta vigencia, que regirá hasta tanto se dicte sentencia en el proceso“, afirman.

Cabe resaltar que para 2026, el salario mínimo se ubicó en $2 millones. Este basado en un subsidio de transporte de $249.095 por lo cual el salario mínimo vital fue de $1’750.905.

Ante la suspensión del decreto que establecía el ajuste de 23,7% en el salario mínimo de 2026, el ministro de Interior, Armando Benedetti, dijo que “es una decisión política de las élites que tienen influencia en las altas cortes y el Congreso”.

Este decreto suspendido fue había sido tras no lograrse consenso en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.

Ante esto, el Ejecutivo justificó que el aumento de 23% buscaba preservar el poder adquisitivo de los trabajadores y avanzar progresivamente hacia un “salario vital”, apoyándose en estudios técnicos, variables económicas y criterios sociales contemplados en la Constitución y la Ley 278 de 1996.

Entre los factores utilizados para definir el incremento se habían incluido la inflación anual de 5,3%, la meta de inflación de 3% para 2026, indicadores de productividad, el crecimiento del PIB y la contribución de los salarios al ingreso nacional.

Además, el Gobierno sostuvo que el ajuste pretendía reducir la brecha entre el salario mínimo y el ingreso considerado suficiente para cubrir necesidades básicas, estimado con base en estudios de la OIT.

Las demandantes solicitaron suspender el decreto al considerar que el aumento no estaba debidamente sustentado en los parámetros legales obligatorios y que se introdujo el criterio del “salario vital”, el cual no hace parte del marco normativo colombiano.

Asimismo advirtieron que el incremento de 23% podría generar efectos negativos en inflación, empleo, costos empresariales e informalidad, con consecuencias difíciles de revertir si el acto se mantenía vigente.

“Tendrá consecuencias políticas. Vamos a ver en las campañas quién está a favor de ayudar a los menos favorecidos”, afirmó el ministro.

Ante una eventual caída del decreto plantearía un escenario en el que debe definirse si esos pagos se mantendrían como válidos o si se requeriría algún tipo de corrección.

Con razón de esto, se han presentado algunas tutelas en las cuales se solicita que se suspenda temporalmente el decreto. Además, Fenalco radicó una demanda en la que solicita lo mismo.

Andrés Velásquez, socio de Velásquez Osorio Abogados, indicó que para él hay una posibilidad “importante y real” de que el decreto sea suspendido y “ulteriormente anulado”, aunque indicó que esto dependería de las demandas de nulidad simple que sean presentadas. Velásquez aseguró que las demandas deben demostrar que el decreto tiene falta o falsa motivación y que además es contrario a la ley y la Constitución.

Dentro de las incertidumbres que deja la suspensión es en cuánto se va a ajustar el nuevo salario mínimo, ya que, el Gobierno tiene ocho días para presentar un nuevo plan. Ante esto, cabe resaltar cuánto le costaba a las empresas un empleado con el ajuste de 23%.

El costo para la empresa aumentaba por encima de $2,8 millones. Esto producto de un auxilio de transporte de $249.095; el aporte a las primas de $166.600; los intereses de las cesantías de $20.000; el pago de las vacaciones por $73.012; y el aporte a las cesantías de $166.600; que tenía como resultado un costo total para la empresa de $2.864.324 millones por trabajador al mes.

Información extraída de: https://www.larepublica.co/economia/consejo-de-estado-suspendio-provisionalmente-el-decreto-del-salario-minimo-para-2026-4326643

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