Dian alertó sobre más de $1,28 billones de retención en la fuente que no han sido pagados

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La administración tributaria aseguró que son $1,24 billones de 75.844 personas jurídicas y $36.000 millones de personas naturales

La Dian alertó sobre la necesidad de recuperar más de $1,28 billones correspondientes a obligaciones de retención en la fuente que fueron presentadas, pero que actualmente no han sido canceladas o se encuentran en estado de ineficacia. Para obtener estos recursos, la entidad precisó que avanza en la gestión de mandamientos de pago y de notificaciones con oficio persuasivo.

Según detalló, del total de obligaciones, $1,24 billones son de 75.844 personas jurídicas, mientras que los otros $36.000 millones son de personas naturales. A su vez, advirtió que Bogotá concentra más de la mitad de las declaraciones inconclusas, con 173.547 contribuyentes que adeudan obligaciones por hasta $602.616 millones.

A la capital le siguen Medellón, con una deuda de $228.491 millones de 60.240 contribuyentes; Barranquilla, con obligaciones pendientes por hasta $67.494 millones de 13.376 personas jurídicas y naturales; Cartegena, con $43.032 millones de 8.220 responsables; y Bucaramanga, con deudas cercanas a $37.763 millones de 9.926 contrubuyentes que no han certificado su pago.

Con el objetivo de recuperar la suma total, la administración tributaria informó que ha realizado diferentes campañas para motivar a las personas a subsanar sus deudas, a través del envío de comunicados, mensajes de texto, llamadas y envío de recibos de pago.

A esto se suma la gestión de mandamientos de pago directo a 26.926 contribuyentes, la notificación con oficio persuasivo penalizable a otros 27.255 y la disposición de facilidades de pago a 1.748. De otro lado, la Dian ha adelantado embargos a aproximadamente 35.500 personas.

La entidad recaldó que la condición de ineficacia de una declaración de retención en la fuente obliga al contribuyente a revisar su situación y adoptar medidas para corregirla e, incluso, presentar nuevamente la declaración para hacer el pago de la deuda, los intereses y las sanciones dispuestos. “La norma establece que, la declaración ineficaz constituye un documento que reconoce una obligación clara, expresa y exigible para la Dian que podrá ser utilizado en los procesos de cobro coactivo”, añadió.

Con respecto a las personas jurídicas, que deben más de $1,2 billones, la administración tributaria llamó a los represrntantes legales a verificar el estado de sus obligaciones y hacer lo posible para normalizarlas; de tal forma así evitarán que las deudas sigan acumulándose y que puedan ser sujeto de sanciones, actuaciones administrativas de determinación y cobro y demás medidas cautelares.

Por eso, enfatizó que un representante legal de una compañía que no cumpla con el pago puede enfrentarse a consecuencias penales, entre ellas el delito de omisión de agente retenedor o recaudador, configurado en el artículo 402 del Código Penal con una pena de entre 48 y hasta 108 meses de prisión; así como con unamulta del doble de las sumas no consignadas.

“Los valores retenidos en la fuente corresponden a recursos que son pagados por terceros y que las empresas recaudan temporalmente en calidad de agentes retenedores, por lo que deben ser trasladados oportunamente al Estado; estos recursos no hacen parte de su patrimonio ni pueden ser utilizados como fuente de financiación o caja menor para atender necesidades de liquidez”, recordó la Dian.


Artículo basado en información de larepublica.co

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