Gremios advierten al Congreso los efectos nocivos en pobreza y empleo por la laboral

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En carta a los ponentes en la Cámara proponen ajustes y ratifican su voluntad de construir un proyecto que busque el equilibrio trabajador-empleador.

El Consejo Gremial Nacional (CGN), entidad que representa a los micro, pequeños, medianos y grandes empleadores de Colombia, radicó este lunes una carta de 43 páginas con una serie de comentarios respecto al informe de ponencia de la reforma laboral, para su segundo debate en la Cámara de Representantes.

En la misiva, el ‘gremio de gremios’ expuso los efectos negativos y nocivos que este proyecto podría tener sobre la inversión del país y la generación de empleo, lo que a su vez se traduciría en un aumento en los índices de pobreza y desigualdad.

El documento, conocido por Portafolio, también destaca el impacto económico que esta reforma podría acarrear en el sector productivo y enfatiza en la necesidad de que la iniciativa se enfoque en la creación de nuevos puestos de trabajo y en la reducción de la informalidad.

Tras hacer un análisis detallado de varios aspectos de las relaciones laborales, el Consejo Gremial Nacional reiteró que, en línea con los reparos que plantea, busca seguir trabajando de manera conjunta con el Gobierno y el Congreso para construir una reforma que busque un equilibrio entre trabajador y empleador.

Según conoció Portafolio, la carta que fue radicada fue socializada a cada uno de los 32 gremios que hacen parte de la representación del empresariado ante sus grupos de interés, incluyendo el Ejecutivo y el Legislativo.

Indemnización por despido sin justa causa

En primer lugar, el Consejo Gremial señala que lo planteado en la reforma sobre las indemnizaciones por despido sin justa causa podría generar un desincentivo para la duración de los contratos de largo plazo en las empresas.

Lo anterior considerando que el texto propuesto mantiene la eliminación de los rangos de salarios mínimos mensuales legales para establecer los montos de las indemnizaciones, junto con el incremento de los días sobre los que se deben calcular.

En ese sentido, la entidad resalta que ese incremento resulta particularmente perjudicial para las micro, pequeñas y medianas empresas debido a su limitada capacidad financiera. “Esto podría comprometer la sostenibilidad y permanencia de estas empresas, ya que el incremento en la indemnización elevaría significativamente el costo del despido injustificado, con incrementos que pueden superar hasta el 98 % dependiendo del tiempo servicio del trabajador para trabajadores con salarios inferiores a 10 salarios mínimos”, menciona la carta.

Así mismo, el documento señala que al unificarse las tablas indemnizatorias en el proyecto de ley, los
incrementos en los montos para trabajadores de más de 10 salarios mínimos pueden llegar a representar alzas de hasta el 165 %.

“El aumento propuesto en las tablas de indemnización en Colombia, junto con una protección laboral excesiva, suscita preocupaciones sobre la falta de productividad y la pérdida de competitividad laboral. Esto llevaría a que Colombia tenga una de las tasas más elevadas de indemnización por despido injustificado en comparación con toda América Latina (63,8 %), con un aumento que oscilan entre el 7% y el 98 % frente a la normativa actual”, agrega el gremio.

Además, propone evaluar la posibilidad de disminuir la base indemnizatoria para los contratos a término fijo, contratos por duración de la obra o labor, y contratos a término indefinido, teniendo en cuenta que los grupos que contempla la propuesta cuentan con características y condiciones distintas.

Contratos a término fijo

Según el Consejo Gremial, el establecimiento del contrato a término indefinido como regla general para la contratación, junto con el aumento de los costos de la indemnización por despido injustificado, “limita la capacidad del empleador para organizarse financieramente ante imprevistos, cambios en el modelo de negocio, o en el desarrollo de la actividad ordinaria de la compañía”. 

Los gremios mencionan que esta disposición no solo impactaría negativamente a empresas que no tienen la capacidad de sostener una planta de personal permanente e indefinida, sino que también “coarta la libertad negocial y contractual de las empresas, así como la libertad contractual y la autonomía de la voluntad de los trabajadores”.

En ese sentido, el texto destaca que, si bien esta medida tiene como objetivo proteger a los trabajadores, su implementación podría terminar desprotegiéndolos, así como dificultando la vinculación formal de más personas en el mercado laboral.

Lo anterior también considera que algunos sectores requieren contratar por términos definidos a un número determinado de trabajadores y que en otros casos la contratación responde a la ejecución de proyectos o contratos específicos. “Creemos que la posibilidad de efectuar contratos laborales a término fijo no debería ser considerada como una excepción, sino como una de las muchas alternativas que tiene el empleador para vincular laboralmente a un empleado”, añade la entidad.

En ese contexto, el Consejo Gremial propone que se mantengan las reglas sobre estos contratos tal como están establecidas en la legislación actual y se propone modificar el punto del articulado que busca regular la prórroga del contrato a término indefinido para que no de lugar a múltiples interpretaciones.

Trabajo nocturno y otras disposiciones

En la carta presentada por el Consejo Gremial, el grupo también aborda los artículos referentes al trabajo diurno y nocturno; el límite al trabajo suplementario, y la remuneración del tiempo de días de descanso obligatorio.

En ese orden de ideas, advierte que estas tres disposiciones podrían incrementar los costos laborales de las empresas en un 17 %, “al afectar su competitividad y, en algunos casos, trasladando esos mayores costos al precio final de los productos o servicios (cuando las condiciones del mercado lo permitan)”. 

El texto también menciona que el aumento de los costos asociados a la jornada laboral, así como las nuevas reglas sobre trabajo diurno y nocturno, y los costos por trabajo en días dominicales y festivos, no tiene en cuenta las particularidades de sectores como el comercio, el turismo, la seguridad privada, el transporte y algunos subsectores del agropecuario, que operan 24 horas al día o tienen horarios predominantemente nocturnos.

Lo anterior, según el documento que conoció Portafolio, se traduciría en una menor contratación de personal en las franjas de trabajo en la jornada de la noche, así como en un incremento de la siniestralidad en riesgos laborales debido a que habrá una menor cantidad de trabajadores realizando las mismas tareas y con alto riesgo.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, el grupo sugiere que si se implementan estos cambios se realice una retarifación para las ARL, ya que habría mayor población con alto riesgo bajo una tarifa insuficiente. Además, consideran que cualquier medida que implique un aumento en los costos para sectores que operan 24/7 se lleve a cabo una vez se complete la implementación de la reducción de la jornada laboral.

Contrato de aprendizaje, tema crucial

Otro punto que resalta la carta señala que la propuesta de transformar el contrato de aprendizaje por uno a término fijo, “podría aumentar significativamente los costos de este tipo de contratación y desincentivar la vinculación de personal sin experiencia, así como el acceso de jóvenes al primer empleo”. 

En ese sentido, señalan que la implementación de esta modificación implicaría un aumento del costo mensual de un aprendiz de $870.000 a $1’774.800. Esto incluyendo las prestaciones de ley, sin contar con los beneficios extralegales que cada empresa podría ofrecer.

La agremiación señala, además, que “este incremento puede generar un incentivo regresivo, ya que podría resultar más económico monetizar la cuota de aprendizaje que contratar una persona para tal fin”. Así mismo, destaca que “al aumentar los costos y no garantizar que el SENA forme estudiantes en las disciplinas requeridas por las empresas en las zonas geográficas específicas, se desdibuja la esencia de la figura del contrato de aprendizaje, que busca facilitar la inserción laboral del estudiante-aprendiz en el sector productivo”.  

Como propuesta, sugiere mantener el contrato de aprendizaje tal como está en la legislación vigente y que también se añada al proyecto de ley un artículo especial que establezca la obligación para el Sena de realizar acciones de formación para aprendices en los principales subsectores agropecuarios del país.

Contrato agropecuario

El CGN resalta que los artículos asociados al contrato y jornal agropecuario mantienen los impedimentos para disminuir la tasa de informalidad en el campo colombiano.

También señala que se han identificado conceptos indeterminados y ambiguos que “en lugar de contribuir a la seguridad jurídica de las relaciones laborales sobre la tierra, generará riesgos en la materialización y estabilidad de esa modalidad de contratación”. Así mismo, hace énfasis en la importancia de que el texto de reforma refleje “una regulación que permita atender la realidad del trabajo agropecuario, transitorio y estacional, en virtud de los ciclos productivos o de temporada, continuas o discontinuas en el campo colombiano”.

En lo referente al contrato y el jornal, el gremio menciona que estos puntos deberían reflejar la posibilidad de que los trabajadores que realizan tareas a tiempo parcial perciban una remuneración correspondiente al salario mínimo legal en la proporción al tiempo efectivamente laborado. “Dicha particularidad debe estar acompañada de disposiciones complementarias y especiales, que permitan que estos trabajadores puedan acceder a protecciones en materia de pensión, salud, riesgos laborales a través de reglas adaptadas a la realidad del trabajo”, agrega.

Por otro lado, el documento recomienda establecer un nuevo y distinto modelo de riesgos laborales para los trabajadores que laboran bajo la modalidad de contrato agropecuario. Esto teniendo en cuenta que la Planilla Integrada de Liquidación de Aporte (PILA) no permite la afiliación que se propone en la reforma, puesto que las cotizaciones no pueden realizarse por debajo de un salario mínimo.

Información extraída de: https://www.portafolio.co/economia/empleo/reforma-laboral-los-reparos-del-consejo-gremial-al-proyecto-y-el-impacto-que-podria-tener-en-pobreza-y-empleo-612988?utm_source=exacttarget&utm_medium=enlace&utm_campaign=Boletines_IniciandoElDia

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