Ley de financiamiento quitaría hasta $4 de cada $10 pesos que gane un colombiano

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Esta norma quiere apretar con fuerza los descuentos por retención en la fuente a ciertos rangos de ingresos.

La Ley de financiamiento del presidente Gustavo Petro no ha tenido su primer debate en el Congreso de la República; pero las críticas y alertas sobre los efectos que generaría en la economía y la abrochada que generaría a ciertos sectores no paran de llegar, poniendo sobre la mesa que contrario a lo que han dicho desde Casa de Nariño, esta norma no golpearía solo a los más ricos, sino que también le pegaría a la clase media.

La advertencia más reciente tiene que ver con la retención en la fuente, tributo con el que se gravan algunos ingresos de los colombianos bajo el mecanismo de recaudo anticipado y que sufriría un aumento importante para quienes ganen más de $9 millones, según lo establecido en el proyecto que se radicó en el Legislativo esta semana y que busca la plata que le hace falta al Minhacienda en el Presupuesto del otro año.

Esto quedó contemplado en el artículo 26, del título 2, donde se establecen medidas de financiación para fortalecer la fiscalización y operatividad del sistema tributario y propone modificar el artículo 383 del Estatuto Tributario, que regula las tarifas que actualmente se cobran en el país por cuenta de la retención en la fuente.

“La retención en la fuente aplicable a los pagos gravables efectuados por las personas naturales agentes de retención o personas jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones ilíquidas, originados en la relación laboral, o legal y reglamentaria, y los pagos recibidos por concepto de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales”, dice la norma.

El director del Centro de Gerencia y Empresa de la Universidad Eafit, Martín Jaramillo, explicó que los nuevos cambios golpearán únicamente a quienes perciban ingresos laborales gravados superiores a los $9 millones, si se compara con la legislación vigente.

“Para quienes ganan 2.300 UVT o más, la reforma propone retenerles en la fuente el 41% de sus ingresos. Es decir, por cada $10 millones que ganan, el Estado les retiene $4,1 millones y de los menos de $6 millones que le quedan, debe provisionar para pagar impuesto al patrimonio”, sostuvo este economista.

Ahora bien, dicho esto, consideran que este cambio es preocupante, ya que en muchos casos, profesionales que perciben recursos de esta forma, no gozan de seguridad social, la cual debe pagarse de lo poco que les quedaría luego de los descuentos.

“De los $5 millones, que resultan luego de pagar todo, deben además sacar más de un millón para pagar seguridad social, so pena de recibir visita de la Unidad de Gestión de Pensión y Parafiscales. De los $10 millones, le queda menos de la mitad. Y con eso toca salir a comprar productos con IVA, aranceles y demás”, manifestó Martín Jaramillo.

Cabe resaltar que la norma también dice que “la retención en la fuente establecida en este artículo se aplicará a los pagos o abonos por rentas de trabajo que no provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria, cuando no opte por tomarse costos y gastos. De tomarse costos y gastos, la retención aplicable será la prevista por pagos por honorarios, servicios y comisiones prevista en el artículo 392 del mismo estatuto”.

El proyecto de ley de financiamiento también propone modificar el artículo 385 del Estatuto Tributario, introduciendo cambios en el procedimiento para determinar la base de retención en la fuente. Esto con el fin de que para pagos gravables diferentes de cesantías y primas legales, el valor a retener será calculado mensualmente con base en el total de pagos recibidos por el trabajador, aplicando un porcentaje de retención según una tabla específica para el respectivo mes.

Asimismo, el cambio permite que, si los pagos se realizan por períodos menores a 30 días, la retención se calcule proporcionalmente, dividiendo los pagos por los días trabajados y multiplicando el resultado por 30. Además, para el cálculo de la base de retención, se podrán restar ciertos valores establecidos en el artículo 387. Esto busca simplificar el proceso de retención en la fuente, especialmente en pagos parciales.

Información extraída de: https://www.portafolio.co/economia/impuestos/el-nuevo-golpe-que-traeria-la-reforma-tributaria-del-gobierno-de-gustavo-petro-613180

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