Articulo escrito por:
Sledy Nieto
Asesor Pensional
En Colombia se puede aplicar a este tipo de pensión, a partir de un diagnóstico médico, donde se contemple el origen de la discapacidad y el porcentaje de afectación en el trabajador. Este proceso es amparado por la ley 100 de 1993 y ejecutado por el fondo de pensiones (Colpensiones o Fondos Privados) al cual esté inscrito cada colombiano.
La pensión de invalidez es una prestación económica que consiste en el pago de una renta mensual denominada pensión a una persona que ha sido calificada como inválida y cuya enfermedad o patología es de origen común. Según el artículo 38 de la ley 100, sólo es válida si el afiliado pierde el 50% de su capacidad laboral.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a esta prestación?
- Ser declarado inválido.
- Contar con una pérdida de la capacidad laboral del afiliado igual o superior al 50%.
- Completar las semanas de cotización requeridas:
- Cuando la invalidez es causada por una enfermedad: Es necesario cotizar 50 semanas, dentro de los últimos 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.
- Cuando es causada por accidente: Debe acreditar 50 semanas de cotización, dentro de los últimos 3 años inmediatamente anteriores al hecho causante de la misma.
- Procedimiento para la valoración de invalidez.
Consulte más sobre este proceso y aplique según las disposiciones legales enviándonos un mensaje a través de nuestro formulario de contacto o a través de nuestra asesora en línea.